lunes, 5 de julio de 2010

Seminario CUMA

El Día 30 - 06 - 2010 se llevó a cabo el primer seminario presentado por la Asociación sobre "Ambiente y calidad de vida, una mirada interdisciplinaria", realizado en el Salón Azul de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires.

En el seminario expusieron profesores de la facultad, ingenieros, arquitectos, médicos y abogados, especialistas en lo concerniente al tema en cuestión.

Se agradece especialmente a:

FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES (U.B.A.)
Dra. Alejandra González Camarasa
Dr. Daniel Roque Vítolo
Dr. Jorge Atilio Franza
Arq. Gisela Korth
Dr Claudio Pedra
Ing. Juan Manuel Fernández Vincent
Dra. Maria Inés Lutz.

En el seminario se tocaron delicados temas como ser "El medio ambiente y la salud como vector deseable en el desarrollo sustentable" expuesto por el Dr. Vítolo, "Principios generales del derecho ambiental" expuesto por el Dr. Franza, "Problemática del suelo y acuíferos contaminados" expuesto por el Ing. Fenández Vincent, "vulnerabilidad de niños y embarazadas frente a las amenazas del medio ambiente" expuesto por la Dra. Lutz y "Acciones del medio ambiente en el patrimonio contruído" expuesto por la Arq. Korth.






jueves, 17 de junio de 2010

domingo, 9 de mayo de 2010

la ruptura del contrato social sobre nuestro patrimonio tambien nos preocupa

Art.41. C.N. Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras, y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley.
Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación ambiental.
Corresponde a la Nación, dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección, y a las provincias las necesarias para complementarlas, sin que aquellas alteren las jurisdicciones locales.
Se prohibe el ingreso al territorio nacional de residuos actual o potencialmente peligrosos y de los radioactivos.